¿Cuándo un vuelo retrasado da derecho a indemnización?
Reclamar por un vuelo retrasado: derecho si llegas con 3 horas o más

Retrasos sin compensación: circunstancias extraordinarias
No hay derecho a compensación si la aerolínea demuestra que el retraso se debió a circunstancias extraordinarias inevitables pese a que ellos aplicaron medidas razonables para evitarlo: meteorología severa, cierre de aeropuerto o espacio aéreo, inestabilidad política, riesgos de seguridad, fallos de radar, impacto de aves o huelga de controladores aéreos, entre otras. En cambio, las averías técnicas y los problemas internos de organización suelen ser responsabilidad de la compañía. Aun así, contrastamos la realidad operativa (otros vuelos, ventanas meteorológicas, slots, reubicaciones posibles). Muchas negativas de las aerolíneas se apoyan en excusas genéricas. Nuestro equipo pelea tu indemnización cuando procede y, si no procede compensación, reclamamos la asistencia y manutención en el aeropuerto y el reembolso de los gastos. Puede que no tengas derecho a una indemnización por retraso pero sí te tienen que pagar los gastos que te ocasionaron por tener que esperar en el aeropuerto. Si el motivo del retraso está relacionado con huelgas, te interesa este análisis práctico de derechos y excepciones.Cómo reclamar vuelos retrasados: tu indemnización asegurada
Sabemos lo frustrante que es un vuelo retrasado. Por eso, te explicamos que si tu vuelo sufre un retraso de más de tres horas, tienes derecho a una compensación económica. Según la normativa europea, esta indemnización puede variar entre 250 y 600 euros. No te conformes con menos, contáctanos y te ayudaremos a reclamar lo que te corresponde por ley.
Indemnización por vuelo retrasado: qué te corresponde y cómo lo pedimos
Compensación por la demora + asistencia y manutención en el aeropuerto
Además de la compensación económica por la demora, tienes derecho de asistencia durante la espera en función de la distancia del vuelo: comida y bebidas (desde 2/3/4 horas), dos comunicaciones (que han que todos tengamos móviles hoy en día es la aerolínea la que tiene que correr con los gastos de las llamadas) y, si la salida pasa al día siguiente, hotel y traslados al hotel. Si el retraso supera 5 horas y decides no volar, puedes solicitar el reembolso completo y, si procede, el retorno al punto de partida. Si tu demora se quedó en 2 horas y no sabes qué procede, contáctanos. Si tuviste gastos por la espera —comidas, hotel, transporte—, guarda los tickets y facturas. Los reclamamos a la aerolínea con la justificación correspondiente, junto con la compensación por tiempo perdido.¿Sabías que…?
¿Sabías que…?
- Retraso de 1 hora: no da derecho a indemnización ni a asistencia legal obligatoria. Aun así, conviene conservar billete, tarjeta de embarque y cualquier justificante, y vigilar si afecta a conexiones del mismo billete.
- Retraso de 2 horas: nace el derecho de asistencia en vuelos de hasta 1.500 km (comida/bebida y dos comunicaciones). En vuelos de 1.500–3.500 km la asistencia empieza a las 3 horas y en los de más de 3.500 km a las 4 horas.
- Retraso de 3 horas o más (en llegada): puedes tener derecho a una compensación fija de 250/400/600 € según la distancia, siempre que la causa sea imputable a la aerolínea. Cuenta la hora de apertura de puertas en destino, no la de despegue. Es compatible con la asistencia y, si la espera supera 5 horas y decides no volar, con el reembolso del billete.
- La compensación no depende del precio del billete: un vuelo barato puede generar 250–600 € por pasajero.
- En España, dispones de hasta 5 años para reclamar a la aerolínea. (En procedimientos ante autoridades, los plazos específicos pueden variar.)
- Si el retraso te hizo perder una conexión incluida en el mismo billete, la compensación se calcula sobre el destino final, no sobre el primer tramo.
Marco legal: tu escudo como pasajero
El régimen de compensación y asistencia está recogido en el Reglamento (CE) 261/2004 en EUR-Lex, aplicable a vuelos que despegan de la UE o llegan a la UE operados por aerolíneas comunitarias. La interpretación del TJUE refuerza los derechos del pasajero y acota cuándo hay —y cuándo no— “circunstancias extraordinarias”. Si la compañía no atiende o rechaza indebidamente sin un motivo válido, activamos las vías alternativas de resolución necesarias ante la autoridad competente y, si persiste el incumplimiento, acudimos al Juzgado de lo Mercantil para ejecutar tus derechos. "Trabajamos" (reclamamos habitualmente) con las compañías aéreas más reclamadas y conocemos sus objeciones frecuentes.¿Tu vuelo llegó más de 3 horas tarde? Empieza hoy
Analizamos tu caso gratis, reunimos pruebas, reclamamos a la aerolínea y cobramos solo si tú cobras. Transparencia, rapidez y defensa experta.
Cómo trabajamos tu reclamación, paso a paso
1) Verificación técnica y jurídica del vuelo (Reglamento CE 261/2004)

2) Reclamación a la aerolínea y vías de ejecución
Presentamos reclamación formal, gestionamos las respuestas y negociamos el pago. Si no atienden o niegan de forma injustificada, iniciamos la resolución alternativa de litigios ante la autoridad y, de ser necesario, acudimos al juzgado para obtener y ejecutar la resolución. Nuestro objetivo es que cobres la compensación completa y el reembolso de gastos acreditados, minimizando tiempos y trámites para ti. Todo con actualización de estado y sin adelantar costes: trabajamos a éxito.Indemnización por retraso de vuelo: ¡Reclama hasta 600€!
En nuestro despacho, te informamos que si sufres un retraso en un vuelo que sale desde la Unión Europea, como en el caso de un Madrid–Caracas, estás protegido por el Reglamento Europeo 261/2004. Si tu vuelo se retrasa más de tres horas, tienes derecho a una indemnización de hasta 600 €. Además, durante la espera te corresponden derechos como manutención y comida. Si la espera supera las cinco horas, incluso puedes solicitar el reembolso del billete. Contáctanos y te ayudamos a reclamar lo que es tuyo.
Documentos y pruebas que conviene reunir
Checklist para reclamar por un vuelo retrasado (incluye formulario)

Buenas prácticas que aceleran el cobro
Haz fotos de las pantallas de vuelos, guarda correos y notificaciones de la aerolínea, y anota la hora de la apertura de puertas. Si el personal invoca “mal tiempo” y ves salidas normales en paralelo, regístralo con fotos. Todo indicio ayuda a desmontar excusas genéricas. Aunque sea un vuelo low cost, tus derechos no cambian: el precio del billete no afecta a la compensación.Dudas clave: importes, plazos y casuística
Importes por distancia y compatibilidades
La compensación se fija por tramos: 250 € (<1.500 km), 400 € (1.500–3.500 km o intracomunitarios >1.500 km) y 600 € (>3.500 km). Es compatible con la asistencia en aeropuerto y con el reembolso de gastos razonables por la espera. Además, si la salida se desplaza más de 5 horas y decides no volar, puedes pedir el reembolso íntegro del billete. Si tu itinerario incluía conexiones en el mismo billete, la llegada al destino final marca la referencia de minutos y la distancia para calcular el tramo aplicable. Las rebajas de clase dan derecho a reembolso parcial del precio del billete; los ascensos no generan coste adicional para el pasajero.Plazo para reclamar por un vuelo retrasado y riesgos de hacerlo solo
En España, el plazo general para reclamar a la aerolínea es de hasta 5 años. La vía ante la autoridad exige haber reclamado antes a la compañía y tiene sus propios plazos. Dejar pasar el tiempo complica el acceso a las pruebas y puede cerrarte puertas. Además, reclamar sin asesoramiento aumenta el riesgo de aceptar acuerdos a la baja, confundir retraso en salida con retraso en llegada o no acreditar bien la causa. Si el retraso deriva de una meteorología severa, restricciones de control de tráfico aéreo o de emergencias médicas, no habrá compensación, pero sí asistencia y, si procede, reembolso. En cambio, cuando la causa es técnica u organizativa, sí procede una compensación. Una “avería inesperada” no basta: la compañía debe acreditar que fue inevitable pese a medidas razonables. Las huelgas del personal propio de la aerolínea no suelen considerarse extraordinarias, mientras que las de controladores sí lo son.Tu compensación, sin adelantar costes
Sube tu documentación, revisamos la viabilidad y reclamamos con estrategia. Si no cobras, no pagas. Si cobras, cobramos.